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¿Qué son las actividades vulnerables?

Las actividades vulnerables se definen como aquellas que por su naturaleza y características son susceptibles de ser utilizadas por sus clientes o usuarios para llevar a cabo actos u operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Actividades vulnerables en México.

En México, se les conoce como actividades vulnerables a las Actividades y
Profesiones No Financieras Designadas. Estas actividades también tienen que desarrollar determinadas acciones en materia de prevención y combate al LD/FT.

¿Cuáles son las 16 actividades vulnerables?

  • La práctica de juegos con apuesta, concursos o sorteos que realicen organismos descentralizados.
  • La emisión o comercialización, habitual o profesional, de tarjetas de servicios, de crédito, de tarjetas prepagadas.
  • La emisión y comercialización habitual o profesional de cheques de viajero.
  • El ofrecimiento habitual o profesional de operaciones de mutuo o de garantía o de otorgamiento de préstamos o créditos.
  • La prestación habitual o profesional de servicios de construcción o desarrollo de bienes inmuebles.
  • La comercialización o intermediación habitual o profesional de metales preciosos, piedras preciosas, joyas o relojes.
  • La subasta o comercialización habitual o profesional de obras de arte.
  • La comercialización o distribución habitual profesional de vehículos.
  • La prestación habitual o profesional de servicios de blindaje de vehículos terrestres e inmuebles.
  • Servicios de traslado o custodia de dinero o valores.
  • Servicios profesionales de manera independiente, sin que medie relación laboral con el cliente (Compraventa de bienes inmuebles, Administración y manejo de recursos, Manejo de cuentas bancarias, Organización de aportaciones de capital, Constitución, escisión, fusión, operación y administración de personas morales o vehículos).
  • La prestación de servicios de fe pública.
  • La recepción de donativos por parte de asociaciones y sociedades sin fines de lucro.
  • La prestación de servicios de comercio exterior como agente o apoderado aduanal.
  • La constitución de derechos personales de uso o goce de bienes inmuebles.
  • El ofrecimiento habitual y profesional de intercambio de activos virtuales 

Obligaciones

Todas aquellas personas que realizan una actividad vulnerable tienen las siguientes obligaciones de acuerdo al artículo 18 de le Ley FPIORPI.

  1. Identificar a los clientes y usuarios verificar su identidad basándose en credenciales o documentación oficial.
  2. Información sobre su actividad u ocupación.
  3. Solicitar al cliente o usuario información acerca de si tiene conocimiento de la existencia del dueño beneficiario.
  4. Resguardar y evitar la destrucción u ocultamiento de la información y documentación que sirva de soporte a la Actividad Vulnerable. La información recabada debe conservarse por un plazo de cinco años.
  5. Brindar las facilidades necesarias para que se lleven a cabo las visitas de verificación en términos de esta Ley.
  6. Presentar los Avisos en la Secretaría en los tiempos y bajo la forma prevista en esta Ley.

Umbrales de aviso y de identificación

Una de las obligaciones para quienes ejercen Actividades Vulnerables, es la presentación de Avisos a la SHCP. Estos avisos se realizarán sobre las operaciones que sus Clientes o usuarios lleven a cabo por un monto superior al establecido en la Ley FPIORPI.

De similar manera que con la obligación de identificación, en algunas actividades el Aviso se presenta por la simple realización de la actividad, mientras que en otros existe un umbral de Aviso.

Consulta los umbrales de aviso para cada actividad vulnerable aquí